Definimos varios tipos de obras audiovisuales en torno a la danza (film de danza comercial, videodanza, videoclip) para analizar la naturaleza y la función de la música en cada caso. Proponemos el concepto de música de acompañamiento, que es una herencia de la música de foso del teatro musical y la danza escénica. Dicha música tiene unas características melódico-rítmicas que la hacen bailable o cantable, una estructura propia, y se realiza en preproducción para que genere y acompañe la acción de la danza y el canto durante el rodaje. Se diferencia de la música cinematográfica incidental que se ajusta a la estructura del montaje en la postproducción, pero no lo genera. Concluimos que la música de acompañamiento se diferencia de la música incidental porque es oída por los personajes y genera la acción de la danza. Es una música que pertenece a la diégesis de la danza/coreografía, pero los músicos que la generan son ajenos a la diégesis de la danza. Independientemente de que el acompañamiento tenga una justificación diegética o no en el film musical, su mezcla y espacialización es envolvente y absoluta como una música de espectáculo, y rompe con el realismo de espacialización de la música diegética.